¿Cómo desgravar las comidas de empresa?
Samuel escribió este artículo el 16/10/2023, en las categorias: PYMES, Impuestos y Fiscalidad
Con frecuencia es posible que en tu negocio realices algunas comidas de empresa. No ya sólo la típica comida antes de Navidad con los trabajadores, sino comidas con clientes o comidas del equipo o del departamento que pueden ser necesarias por cualquier motivo, desde un viaje de empresa a una feria sectorial hasta simplemente un after work para premiar a los profesionales después de finalizar un proyecto. ¿Sería posible desgravar las comidas de empresa en tu negocio?
En este post vamos a darte algunos apuntes para que sepas qué debes tener en cuenta si necesitas desgravar el IVA o el Impuesto de Sociedades Impuesto de Sociedadesde este tipo de gastos por comidas de empresa.
Desgravación del IVA en las comidas de empresa
Hay que tener en cuenta diferentes aspectos cuando se trata de desgravar comidas de empresa.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que el IVA de los restaurantes es del 10% en todos los territorios españoles, salvo en Canarias, Ceuta y Melilla que se aplica otro impuesto sobre el valor añadido.
Este impuesto es el mismo independientemente del tipo de alimentación que se compre, ya que estás pagando por el servicio del restaurante y no es lo mismo que si compraras productos de alimentación en un supermercado, donde hay productos como el pan que pueden tener un 4% de IVA.
En estos casos, si las facturas son deducibles al estar relacionadas con la actividad de la empresa, puedes agregar el IVA soportado correspondiente de dichas facturas cuando hagas tu declaración trimestral y anual.
¿Cómo desgravar las comidas en el IRPF si eres autónomo?
Supongamos que eres autónomo y tienes comidas en restaurantes por motivos de tu actividad laboral. Te preguntas si se pueden desgravar las comidas.
Desde el año 2018, en el que se puso en marcha la Ley 6/2017, de 24 de Octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, los trabajadores por cuenta propia pueden desgravarse en el IRPF las comidas que realicen en establecimientos de restauración bajo determinadas condiciones.
Requisitos para poder desgravar las comidas en el IRPF como autónomo
- Gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad económica.
- Deben producirse en establecimientos de restauración y hostelería.
- Si se abonan por cualquier medio electrónico de pago.
- Cumpliendo con los límites cuantitativos para dietas y asignaciones para gastos normales de manutención.
En otras palabras, el autónomo puede desgravarse las comidas que realice en restaurantes y que estén relacionadas con su actividad en el IRPF hasta un determinado límite.
Los límites para poder desgravarse las comidas en restaurantes como autónomo son los siguientes:
- 26,67 euros al día para comer en bares o restaurantes en territorio nacional
- 48,08 euros al día para comer en establecimientos en el extranjero
En el caso de que además el autónomo realice una pernoctación fuera de casa (es decir, duerma en un hotel por razones de viaje de trabajo), puede desgravarse hasta 53,34 euros por noche si es en territorio nacional y 91,35 euros si es en el extranjero. Esto es importante, porque muchas veces las comidas de trabajo están asociadas a viajes de negocios.
Todo esto es en concepto de manutención del autónomo, y hay que distinguirlo de las comidas con clientes o proveedores. En el caso de la manutención del autónomo, hay un límite diario o por noche, pero en el caso de que sean comidas con clientes o proveedores, se puede desgravar la totalidad de la factura, si bien hay que tener documentos que justifiquen la relación comercial entre los participantes.
¿Cómo desgravar las comidas de empresa en el Impuesto de Sociedades?
Las empresas están sujetas al Impuesto de Sociedades, por lo que debes valorar entonces si es posible desgravar las comidas de negocios en este impuesto.
Aquí hay que distinguir muy bien que no todos los gastos en restaurantes son iguales, ni tienen la misma consideración a efectos fiscales. Es preciso entender la diferencia entre dietas de los empleados y las comidas y cenas de empresa
Dietas de los trabajadores
Hay dos formas en las que es posible desgravar las comidas de los trabajadores. Una de ellas es que los empleados paguen la cuenta en los restaurantes y luego la empresa les reintegre el importe en la nómina. En este caso, la empresa sólo se puede desgravar el IVA, ya que se considera una retribución al trabajador y está sujeta a IRPF.
Otro posible caso, más habitual, es que los trabajadores paguen con una tarjeta corporativa o lo carguen a nombre de la empresa. En este caso sí es un gasto de empresa que se puede deducir en el Impuesto de Sociedades bajo determinadas condiciones: debe tener relación con la actividad, realizarse en días laborales y estar correctamente contabilizado y justificado. Además, el importe tiene que llevarse a cabo según unos límites.
Este caso es aplicable cuando los empleados deben comer en restaurantes por razones relacionadas con la actividad económica de la empresa, como viajes de negocios, asistencia a ferias, o comidas y cenas con clientes.
Comidas y cenas de empresa
Cuestión diferente es cuando se trata de una comida o cena de empresa entre miembros de la organización. En este caso, se pueden deducir las comidas y cenas de empresa siempre y cuando no sean actos esporádicos.
Cuando son comidas y cenas puntuales, no se puede desgravar. Además, el IVA soportado en las comidas y cenas de empresa tampoco es deducible.
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Etiquetas: Autónomosgastos deducibles
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