Régimen de IVA Franquiciado: qué es y cuándo entra en vigor

Ley Crea y Crece, facturación electrónica obligatoria, Ley Antifraude, TicketBAI... y el Régimen de IVA Franquiciado. Otro cambio más previsto que entrará en vigor a lo largo de 2025 ó 2026 que afecta a la fiscalidad de autónomos y pymes. En este caso, afecta principalmente a la tributación del IVA de empresarios y profesionales.
Te contamos todos los detalles del nuevo Régimen de Franquicia del IVA y qué cambios implica para autónomos y pymes.
¿Qué el IVA Franquiciado o Régimen de IVA de franquicias?
El Régimen de IVA franquiciado es un régimen especial del IVA al que pueden acogerse autónomos y pymes que no superen el límite de facturación de 85.000 euros al año. Se preveía que la nueva medida fuera instaurada a finales de 2025, pero se retrasará hasta 2026. El principal objetivo de este sistema es reducir las obligaciones fiscales de autónomos y pymes y evitar la doble tributación.
Es decir, si cumples todos los requisitos para tributar bajo este sistema estarías exento de presentar las declaraciones trimestrales de IVA. Además, no sería necesario que incluyas este impuesto a la hora de emitir tus facturas.
La medida afectará a más de 1 millón de autónomos que se encuentran por debajo del umbral de los 85.000 euros. Esto sólo si se tienen en cuenta a los trabajadores por cuenta propia, sin incluir pymes dentro de este dato, lo que podría elevar el número considerablemente. Los profesionales y empresarios pueden elegir si tributar bajo este sistema o no -siempre que cumplan los requisitos establecidos-.
Si el autónomo decide adherirse al Régimen de IVA Franquicias, está limitado a no exceder el 10 % del nivel de actividad económica. Esto se debe a que una vez sobrepasado este límite, la exención de la declaración del impuesto se cancelaría automáticamente. Es decir, como el límite está en 85.000 euros, como máximo podría excederse hasta los 93.500 euros de facturación anual.
No es obligatorio acogerse al IVA Franquiciado en ningún caso y será una decisión personal del autónomo o pyme o continuar con el Régimen General de IVA. Hay que tener en cuenta que no podrás ni repercutir ni desgravar el IVA soportado. No será el mismo caso de un autónomo que tenga que asumir muchos gastos para desarrollar su actividad que aquel que no tenga esta obligación.
¿Cuándo entra en vigor el IVA Franquiciado?
El pasado diciembre de 2023, Jesús Gascón, Secretario de Estado de Hacienda, afirmaba que ''[...] para adoptar los cambios legales en 2024 de cara a su entrada en vigor en 2025''. Estos cambios legales no se han producido y la entrada en vigor de la norma se retrasará, previsiblemente, hasta el próximo año, ya que la directiva europea pone como límite de aplicación el 2025.
Por lo tanto, la entrada en vigor definitiva del Régimen de IVA Franquiciado será, como mínimo, en 2026. Cuando el nuevo sistema de tributación vaya a ponerse en marcha se anunciará también un periodo transitorio de adaptación a la norma.
El pasado 2020, la UE publica la Directiva (UE) 2020/285 por el que se modifica la directiva anterior relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta nueva directiva que supone la instauración del sistema de IVA de Franquicias que ya está en funcionamiento en la mayoría de países de la Unión Europea.
Hay tres fases principales para que se ponga en marcha el Régimen de IVA de Franquicias:
- Consenso entre las asociaciones de autónomos y los agentes sociales (2023-2024)
- Definición de condiciones y puntos clave por parte de la Agencia Tributaria (2024-2025)
- Fase de implementación del nuevo IVA de Franquiciado (2026)
¿Qué cambios implica el Régimen de IVA franquiciado para los autónomos?
Estos son los principales cambios que supondría la transposición de la directiva europea en el sector de autónomos:
- Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año estarán exentos de repercutir el IVA en sus facturas
- Simplificación de las obligaciones fiscales con la exención de las declaraciones trimestrales y anuales de IVA
- Imposibilidad de la deducción del IVA soportado
- De forma voluntaria, los autónomos pueden permanecer en el Régimen General de IVA
- En caso de que el autónomo supere el límite del umbral de facturación, deberán abandonar el régimen de IVA de franquicia
- Implica una ventaja y una desventaja: los clientes finales se benefician al no tener que abonar el impuesto, pero algunas empresas pueden preferir trabajar con autónomos sujetos a IVA para poder deducirse ese gasto
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